jueves, 23 de enero de 2014

Eliminación plazo excepcional para la declaración e ingreso retenciones e ingresos a cuenta correspondiente al mes de julio.


Con efectos a partir del 01-01-2014, para eliminar el plazo excepcional que existía en relación con la declaración e ingreso de las retenciones o ingresos a cuenta correspondiente al mes de julio (durante agosto y hasta 20-09) para aquellas personas o entidades que tienen obligación mensual. A partir de 2014, el plazo es hasta 20 de agosto, en lugar del 20 de septiembre como hasta ahora.