PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
EN LAS PYMES
Desde 1995 (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales) todas las empresas están obligadas a realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. Ello conlleva la realización de un plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva, así como la formación e información de los trabajadores.
Las diferentes modalidades de organización de la prevención se articulan en función de la plantilla de la empresa conforme al siguiente esquema
Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores, se modifica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, para incluir un nuevo supuesto que posibilita que el empresario pueda asumir personalmente la actividad preventiva, cuando cuente con un máximo de 25 trabajadores (hasta ahora solo estaba prevista para empresas de hasta 10 trabajadores), siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades. Además la empresa debe disponer de un único centro de trabajo.
Asimismo, en la citada Ley se atribuye al Ministerio de Empleo y Seguridad Social y al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en colaboración con las Comunidades Autónomas y los agentes sociales, las labores de asesoramiento técnico en materia de seguridad y salud en el trabajo a empresas de hasta 25 trabajadores. Esta actuación consistirá en el diseño y puesta en marcha de un sistema dirigido a facilitar al empresario el asesoramiento necesario para la organización de sus actividades preventivas, impulsando el cumplimiento efectivo de las obligaciones preventivas de forma simplificada.
No olvide la obligación como empresario de cumplir con el tema de la prevención de riesgos laborales. Si están interesados en obtener mayor información o solicitar presupuesto, rogamos contacten con nuestra Abogada, Sra. Mª José García.