EL TC NO APRECIA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA INTIMIDAD Y AL SECRETO
DE LAS COMUNICACIONES EN EL CONTROL DEL
CORREO ELECTRONICO CORPORATIVO POR UNA EMPRESA
Avala el despido de un trabajador que envío información sensible a la competencia. Para resolver el recurso, el TC tiene en cuenta el Convenio colectivo del sector químico, al que pertenece la compañía. Según afirma el TC, no hay vulneración del secreto de las comunicaciones porque la limitación del empleo del correo electrónico a fines profesionales “llevaba implícita la facultad de la empresa de controlar su utilización al objeto de verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales”. Por último, el TC rechaza que el acceso de la empresa al contenido de los correos electrónicos fuera una medida desproporcionada.